Arrendamiento financiero(Leasing)

Por Wendy Monserrat Hernandez Rosete y Sebastian De Gante Lopez   

Introducción

El arrendamiento financiero también conocido como «leasing» es un contrato mediante el cual la arrendadora se compromete a otorgar el uso o goce temporal de un bien al arrendatario, ya sea persona física o moral, obligándose este último a pagar una renta periódica que cubra el valor original del bien, más la carga financiera, y los gastos adicionales que contemple el contrato.

En este contrato mediante el cual el arrendador concede el uso y goce de determinados bienes, muebles e inmuebles, por un plazo de cumplimiento forzoso al arrendatario, obligándose este último a pagar un canon de arrendamiento y otros costos establecidos por el arrendador. Al final del plazo estipulado el arrendatario tendrá la opción de comprar el bien a un precio predefinido, devolverlo o prorrogar el plazo del contrato por periodos ulteriores.



¿Qué es el arrendamiento financiero (Leasing)?

El arrendamiento financiero o leasing es un modelo contractual que resulta muy útil para las empresas o para los autónomos que no pueden o no desean hacer una gran inversión para la adquisición de un bien mueble o inmueble necesario para el desarrollo de su labor. Les permite empezar a producir sin que sea obligatorio aportar una gran cantidad de capital.

Es una alternativa de financiamiento por parte del banco a mediano plazo, que le permite adquirir activos, muebles o inmuebles para la empresa.

Elementos del arrendamiento financiero o leasing

a. Elementos personales:

Proveedor: La persona natural o jurídica, salvadoreña o extranjera que transfiere al arrendador la propiedad del bien objeto del contrato. El proveedor puede ser una persona que se dedica habitual o profesionalmente a la venta de bienes, o una persona que ocasionalmente enajena un bien o el mismo arrendador, es decir el dador o proveedor debe ser una entidad financiera o una sociedad que tenga por objeto operaciones financieras.

Arrendador: La persona natural o jurídica que entrega bienes en arrendamiento financiero a uno o más arrendatarios.

Arrendatario: La persona natural o jurídica, nacional o extranjera que al celebrar contrato de arrendamiento financiero, obtiene derecho al uso, goce y explotación económica del bien, en los términos y condiciones contractuales respectivos.


b. Elementos esenciales:

Bienes: Se refiere al bien que se dará en arrendamiento.

El precio: Que sea determinable al hacerse exigible.

El tiempo: En el arrendamiento, como lo indica su carácter temporal en la definición, el tiempo es un elemento esencial.

c. Elementos de validez:

1.    Capacidad de goce y de ejercicio

2.    Ausencia de vicios del consentimiento.


¿Cómo funciona?

El arrendamiento financiero es una operación por medio el cual una persona denominado arrendador otorga al uso o goce del bien tangible a otra persona denominada arrendatario, esto se compromete mediante la firma de un contrato para realizar pagos periódicos que se entregan por los intereses y la amortización del capital.

Al final del plazo pactado por medio de un pago simbólico el arrendatario se convierte en el dueño del bien ya que hasta antes de ese momento el propietario legal del activo es el arrendador ,si el arrendatario no quiere el bien puede optar por otras alternativas de las instituciones fiscales vigentes.

Aun cuando el bien es propiedad del arrendador es este quien cubre el monto de la inversión inicial de la operación, el que realiza la negociación con el proveedor. En cuanto a las características del activo fijo condiciones técnicas, precios descuentos,entre otros.


Para mayor entendimiento visita https://www.youtube.com/watch?v=fQhY40sbt8A


Clasificación de los arrendamientos 

Existen diversas clasificaciones de arrendamiento estas obedecen a principios, normas características en materia contable, fiscal y financiera.

Contable 

Contable-mente el arrendamiento se clasifica como operativo y capitalizable.
El operativo es aquel donde los riesgos y beneficios conllevan a propiedad del activo de materia de arrendamiento recaen sobre el arrendador, en cambio el capitalizable es aquel donde los riesgos y beneficios que conlleva la propiedad del arrendamiento son trasferidos al arrendatario.
Las rentas cubiertas se integran por los intereses y las amortizaciones, los intereses se llevan directamente a los resultados y las amortizaciones disminuyen en el pasivo registrado en el balance que se contabilizo al inicio de la operación.

El arrendamiento capitalizable es donde el arrendatario contabiliza el valor bien dentro de los activos fijos y tiene derecho a despreciarlos

Fiscal

Dentro del contexto fiscal el arrendamiento se clasifica como puro y financiero.

El arrendamiento puro es un acuerdo entre dos partes, el arrendador y el arrendatario mediante el cual el arrendador otorga el uso o goce temporal de un bien por un plazo determinando el cual es obligado a pagar periódicamente un precio determinado.

El arrendador y el arrendatario podrán pactar que al terminar el contrato de arrendamiento puro, cuando se hallan cancelado todos los pagos que el arrendatario adquiere los bienes al valor del mercado.

Financiero

El contrato por el cual se otorga el uso o goce temporal de bienes tangibles siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos.

-Establecer un plazo que sea igual o superior al mínimo para deducir la inversión.

-Que la contra prestación sea equivalente o superior al valor del bien en el momento.

-Establecer una tasa de interés para aplicarlas a los pagos.

-Establecer un valor del bien en el contrato

Clases de arrendamiento financiero o leasing

A. Arrendamiento financiero

El arrendamiento financiero es aquel mediante el cual una empresa (arrendadora financiera), se obliga a comprar un bien para conceder el uso de este a un cliente (arrendatario), durante un plazo forzoso, el arrendatario a su vez se obliga a pagar una renta, que se puede fijar desde un principio entre las partes, siempre y cuando esta sea suficiente para cubrir el valor de adquisición del bien, y en su caso los gastos accesorios aplicables.


B. Arrendamiento puro

Sigue los principios básicos del arrendamiento financiero o leasing con la salvedad de que otorga la posesión, pero no establece un mecanismo para otorgar la propiedad.

En esta modalidad del arrendamiento, el arrendatario no tiene la opción de comprar el bien al término del contrato, por lo que la arrendadora le avisará de la terminación del contrato, en dicha notificación, se establecerá el valor de mercado del bien, ello a efecto de que, en su caso, el arrendatario manifieste su deseo de adquirir el bien al valor indicado.

En caso de que el arrendatario no compre el bien, la arrendadora podrá venderlo a un tercero a valor de mercado o darlo a un tercero en arrendamiento puro o financiero, sin que estas se consideren opciones terminales.



C. Sale & lease back

Consiste en la venta de un bien propiedad del arrendatario a una arrendadora financiera y esta a su vez posteriormente se lo arrienda al arrendatario.

Ello mejora las condiciones de liquidez de este último, ya que le permite disfrutar de los servicios del bien a cambio de pagos sucesivos por el mismo durante la vigencia del contrato en incluso haber recibido una suma de dinero por el mismo bien al haberlo vendido.

En términos contables el leasing representa un gasto por lo cual en varios lugares del mundo puede deducirse de sus ingresos con el consecuente alivio fiscal.

Básicamente podemos hablar de tres tipos de leasing:

1.    1.-Financiero. Es la fórmula más habitual. En este caso la entidad financiera se compromete a entregar el bien, pero el mantenimiento del mismo es obligación del arrendatario. Como ya hemos dicho, al finalizar el contrato, el cliente puede optar a su compra. Este tipo de contrato se puede subdividir en otras categorías:

Leasing financiero mobiliario. Su duración mínima es de dos años.

Leasing financiero inmobiliario. En esta categoría entra el alquiler de locales comerciales, complejos industriales, oficinas, terrenos, etc. La vigencia mínima del contrato es de 10 años.



2.    2.-Operativo. En este caso se cede el uso del bien por un periodo determinado y una vez que este finalice no hay opción e compra. Su recurre a él para la financiación de bienes muebles. Su duración es más corta que en los demás casos.



3.    3.-Lease back. El arrendatario posee un bien que vende a una sociedad de leasing. Esta a su vez se lo cede al primero en arrendamiento. Esta figura contractual se suele utilizar con bienes inmuebles. Se recurre a este tipo de leasing para liberar recursos y poder usarlos como capital de trabajo.



Arrendamiento puro vs arrendamiento financiero 




Para una mejor comprensión visualizar el siguiente vídeo https://www.youtube.com/watch?v=dDATt747sRk&t=114s

Ejemplo de modelo de arrendamiento https://image.slidesharecdn.com/modeloarrendamiento-121213183311-phpapp02/95/modelo-contrato-de-arrendamiento-1-638.jpg?cb=1355423632

Conclusión:

El arrendamiento financiero es un control en virtud del cual la arrendadora financiera se obligó a adquirir determinados bienes y conceder su goce temporal a plazo forzoso a una persona física o moral obligándose a esta a pagar una cantidad determinada en los términos que se convenga.

Siempre que haya un bien, dinero y contrato se puede realizar un arrendamiento.

Así mismo el arrendamiento financiero es una fuente adicional de crédito para todo tipo de empresas, cuyo costo se ha convertido en competitivo respecto a otras fuentes de financiamiento antes de tomar una decisión, se deberán analizar todas las posibilidades, caminos y opciones disponibles, tanto cuantitativas como cualitativos, ya que es adecuado para una empresa o para un proyecto en particular, puede no serlo para otras y viceversa.

Fuentes de información:

-https://www.gestiopolis.com/el-arrendamiento-financiero-o-leasing/

-https://www.finanzarel.com/blog/arrendamiento-financiero-leasing-contabiliza/

-https://www.youtube.com/watch?v=ny0byaY94iM

-https://www.youtube.com/watch?v=dDATt747sRk&t=114s








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